La AFIP actualiza montos no sujetos a Ganancias para comercializadores de materiales a reciclar

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos no sujetos a retención del impuesto a las Ganancias para las operaciones de compraventa de materiales a reciclar, con el propósito de «lograr la integración definitiva» de sectores que por lo general «se encuentran en la informalidad».

La medida se dispuso mediante la Resolución General 5156/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial, y comprende a los integrantes del «Registro de Comercializadores de Materiales a Reciclar» creado en junio de 2010.

Con la adecuación, el rango de montos sujetos a retención de Ganancias, que se ubicaba desde 2019 entre $240 y $40.000, pasará a partir del 1 de marzo a uno de $580 a $97.000.

El Registro comprende a recicladores, acopiadores, galponeros, generadores de «scrap» (chatarra) e intermediarios que operen habitualmente en la compraventa de materiales a reciclar provenientes de residuos de PET (plástico utilizado para botellas y otro tipo de envases), papel, cartón, vidrio, otros plásticos, metales ferrosos o no ferrosos y textiles.

En los considerandos, la resolución general remarcó que se busca «lograr la integración definitiva de las personas que recogen los materiales a reciclar de los residuos urbanos dispuestos en la vía pública que se encuentran en la informalidad».

Para alcanzar tal objetivo, agregó, «los operadores que participan en la cadena de comercialización deberán velar por la incorporación de dichos sujetos a esquemas inclusivos, de modo tal de acompañar su crecimiento y permitirles gozar de los beneficios de las prestaciones relacionadas con el sistema previsional y la atención de la salud».

Fuente: Télam